Es cierto que los métodos de tortura más conocidos que aplicaban los testaferros de la dictadura que asoló a los cubanos hasta 1958 fueron sustituidos por los de un nuevo sistema represivo que desde hace cincuenta años somete o destruye a los pocos que se rebelan y amedrenta hasta la parálisis a los muchos inconformes. En verdad no se sacan uñas, ni se aplica electricidad en los testículos, aunque se mantienen las golpizas a detenidos.

También es cierto que al igual que los métodos represivos, también los conceptos evolucionan. Actualmente el término “tortura” está definido por la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 39/46 del 10 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 26 de junio de 1987 y de la cual el Gobierno cubano es firmante.

En el artículo 1 de dicha Convención se lee textualmente:

“…se entenderá por el termino “tortura” todo acto por el cual se infrinja intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean inflingidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones publicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.”

Un ejemplo de torturas en Cuba en los últimos cincuenta años de acuerdo a esta definición son los tristemente célebres mítines de repudio.

¿Cómo, si no, catalogar los mítines de repudio llevados a cabo en el año 1980 por turbas da fanáticos enardecidos e instigados, o al menos tolerados, por los órganos de la Seguridad del Estado cubano contra personas y sus familiares que sólo deseaban satisfacer el derecho humano internacionalmente reconocido y sintetizado en el articulo 13 punto 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (ONU, 1948)?

¿Cómo catalogar los centenares de mítines de repudio efectuados contra defensores de derechos humanos y sus familiares si sus acciones están amparadas por la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 53/144?

¿No están estos actos, como se contempla en la definición, basados en la discriminación hacia los de pensamiento discordante y acciones independientes de la oficialidad?

¿No han estado presentes en todos estos actos –dirigiendo, participando o al menos observando pasivamente- funcionarios públicos y otras personas en el ejercicio de sus funciones como es el caso de policías y agentes de la Seguridad del Estado cubana y militantes comunistas y dirigentes de diversos organismos que en Cuba son todos oficiales?

Siendo el gobierno cubano miembro del Consejo de Derechos Humanos de ONU sus representantes deben actuar y hablar en base a las normas internacionales de estos derechos y no desestimar u omitir a conveniencia aspectos medulares de ellas.

No se debe confundir a la opinión pública nacional y la internacional con puntos de vista muy personales pero ajenos a las normas. Al menos eso se espera de quienes han firmado recientemente los pactos internacionales de derechos civiles y políticos y el de económicos, sociales y culturales aún cuando se haya hecho con reservas.

Una vez más se comprueba que el discurso oficial anda por un lado y la vida nacional real por otro. Reconocer un problema es el primer paso en su resolución. El de los derechos y las libertades políticas y civiles en Cuba no son la prioridad del grupo de poder a pesar de los compromisos contraídos con la firma de los pactos antes referidos.

Bien dijo el Apóstol José Martí: “En política aplazar no es nunca decidir”. Parece que confundir los términos tampoco lo es.

Autor: Moisés Leonardo Rodríguez Valdés (publicado en Misceláneas de Cuba)